miércoles, 3 de abril de 2024

ÉTICA XVII: RAWLS

 


 

John Rawls establece la justicia como el objetivo primordial de la ética. Su propósito es llegar a determinar los criterios para una distribución justa de los bienes básicos.
 
Para conseguirlo, plantea que no podemos partir de una sociedad de desiguales. En dichas sociedades sería inútil preguntarles a los individuos qué criterios de justicia aceptarían como válidos: cada cual buscaría su propio beneficio y será imposible obtener un resultado aceptable para todos.
 
Rawls recrea una situación ideal de igualdad, una situación, piensa, desde la que pueden determinarse los principios de la justicia que cualquier persona racional aceptaría o pactaría. No existe, ni es real, hay que imaginarla. La llama la "posición original". Consistirá en una especie de reunión de personas iguales entre sí, en el sentido de que ignoran todo sobre su posible o futura situación en la realidad: ignoran si serán hombres o mujeres, jóvenes o viejos, ricos o pobres; es decir, desconocen todo lo que podría llevarlos a decidir unos criterios de justicia que los beneficiaran personalmente y no a la sociedad en general. A partir de aquí establece dos principios de la justicia que son:
 
1. Cada persona debe tener el mismo derecho al sistema total más extenso de libertades básicas e iguales que sea compatible con un sistema similar de libertad para todos.

2. Las desigualdades sociales y económicas han de estar dispuestas de modo que se cumplan las dos condiciones siguientes:
    a) Den mayor beneficio a los menos aventajados, de forma que acaben beneficiando a todos;
    b) estén vinculadas a posiciones y tareas abiertas igualmente a todos.
 
El primero, la libertad, es prioritario. Rechaza el utilitarismo porque no tiene en cuenta las libertades individuales. 
 
El segundo principio establece que las desigualdades reales son justas siempre que sean contempladas desde un esquema que mejore la expectativas de los peor situados.
Añade a este segundo principio dos subprincipios:
a) igualdad de oportunidades.
b) el "principio de la diferencia" que indica la forma de corregir la desigualdades que aún persisten en toda sociedad aun cuando muchas injusticias sociales se hayan eliminado y que se enuncia así:
 
Establecido el marco institucional que requieren la libertad y la igualdad de oportunidades equitativas, las expectativas más altas de aquellos que están mejor situados son justas solo si forman parte de un esquema que mejora la expectativas de los miembros menos favorecidos de la sociedad.
 
Rawls acepta el intuicionismo ético. Según él, la intuición nos dice que las desigualdades de nacimiento son injustas, que la intolerancia racial o religiosa es injusta, que la acumulación de poder es injusta, etc. Lo que la intuición no nos dice es cuál es la correcta distribución de la riqueza y cómo deben corregirse tales desigualdades. Los principios anunciados proporcionan un criterio, pero un criterio que habrá que ir ajustando a las variaciones que presenta la realidad, que, de entrada, es imprevisible. De esta forma, los principios de la justicia proporcionan a las instituciones unas pautas a las que deben atenerse a la hora de resolver conflictos y tomar decisiones.
 
Rawls presenta un enfoque muy interesante del que partir con vistas a lograr una sociedad libre e igualitaria.

 

 

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